Mención Internacional del Título de Doctor


Ámbito de aplicación:

Títulos de doctor regulados conforme al RD 99/2011 y a los del R.D. 1393/2007 para tesis leídas desde el 11 de febrero de 2011.

El título de Doctor podrá incluir en su anverso la Mención “Doctorado internacional”, siempre que concurran las siguientes circunstancias:

a) Que, durante el periodo de formación necesario para la obtención del título de Doctor, el doctorando haya realizado una estancia mínima de tres meses fuera de España en una institución de enseñanza superior o centro de investigación de prestigio, cursando estudios o realizando trabajos de investigación. La estancia y las actividades han de ser avaladas por el Director y autorizadas por la Comisión académica, y se incorporarán al documento de actividades del doctorando.

b) Que parte de la tesis doctoral, al menos el resumen y las conclusiones, se haya redactado y presentado en una de las lenguas habituales para la comunicación científica en su campo de conocimiento, distinta a cualquiera de las lenguas oficial o cooficiales de España. Esta norma no será de aplicación cuando las estancias, informes y expertos procedan de un país de habla hispana.

c) Que la tesis haya sido informada por un mínimo de dos expertos Doctores pertenecientes a alguna institución de Educación Superior o instituto de investigación no española.
Informe experto externo
Informe de conformidad de la CAPD con la recepción informes favorables

d) Que al menos un experto perteneciente a alguna institución de Educación Superior o centro de investigación no española, con el título de Doctor, y distinto del responsable de la estancia mencionada en el párrafo a), haya formado parte del tribunal evaluador de la tesis.

La defensa de la tesis ha de ser efectuada en la Universidad Politécnica de Madrid.

 



Tramitación administrativa:

1. La solicitud de la estancia debe formularla el doctorando, con el VºBº del Director, a la CAPD

2. La solicitud para optar a la mención "Doctor Internacional" deberá entregarse en el Vicerrectorado de Investigación, Innovación y Doctorado en el momento de solicitar el depósito de la tesis doctoral.
Además, deberá adjuntarse la siguiente documentación:

  • a) Los dos informes originales de los expertos indicados en el punto c) de los Requisitos. Dichos informes deberán ir acompañados de un breve cv del investigador que lo emite.
  • b) Certificación original expedida por la institución de enseñanza superior o centro de investigación donde se haya realizado la estancia indicada en el punto a) de los Requisitos En la certificación deberán constar las fechas de inicio y finalización de la estancia, así como el Director del grupo de investigación en el que ha colaborado.

Sólo en caso de que por motivos debidamente justificados no puedan aportarse los documentos originales, se podrán aportar documentos no originales en relación a los indicados en los apartados a y b, pero en todo caso han de contar con la conformidad por escrito por parte del Director de la Tesis a dicha documentación.

3. El Comité de Area Doctoral al que pertenece el programa de doctorado, a la vista de la documentación presentada, resolverá si el solicitante puede optar a la mención.

En caso de resolución positiva, y una vez admitida a trámite la defensa de la Tesis doctoral, dicha resolución será comunicada a la Comisión Académica del Programa de Doctorado. 

4. Una vez recibida en el Vicerrectorado de Investigación, Innovación y Doctorado el acta de la defensa de la tesis doctoral, se procederá a la emisión del documento donde haga constar la mención correspondiente.


La concesión de esta mención dará derecho, según recoge el R.D. 99/2011, a incluir en el anverso del título la mención "Doctorado Internacional”. Además, la Universidad entregará un documento donde haga constar la mención de "Doctor Internacional