Protección en el extranjero


Las patentes, como el resto de derechos de Propiedad Industrial, son territoriales, lo que significa que sólo se tiene la protección en el territorio del país o países en los que se registre.

Para proteger una invención en otros países miembros del Convenio de la Unión de París o de la Organización Mundial del Comercio, el solicitante puede ejercer el derecho de prioridad. En virtud de este derecho, el solicitante cuenta con un plazo de 12 meses desde la fecha de presentación de su solicitud en España para presentarla en otros países, manteniendo como fecha del estado de la técnica respecto de esas solicitudes posteriores, la de la presentación en España (fecha de prioridad).

Existe la posibilidad de efectuar depósitos de solicitudes con efectos de presentación en varios países a la vez.

Esta posibilidad se ofrece al solicitante que presenta una Solicitud Europea de Patente (http://www.oepm.es/es/invenciones/patente_europeas/recomendaciones/)

o una solicitud Internacional PCT (http://www.oepm.es/es/invenciones/solicitudes_internacionales/recomendaciones/).

Es la fecha en que se presentó una solicitud de patente por primera vez en algún país de la Unión de París o de la Organización Mundial del Comercio. El plazo para reivindicar esta prioridad en cualquier otro país, al solicitar posteriores registros de la misma invención, es de 12 meses improrrogables.

La defensa de los derechos de patente se hace respetar en los tribunales a iniciativa del titular de la patente. La responsabilidad de supervisar, detectar y tomar medidas contra los infractores de una patente recae en el titular de la patente y se realiza a través del ejercicio de acciones civiles o penales siempre que se den las circunstancias y requisitos previstos en la ley.

Estas preguntas frecuentes están basadas en el texto cedido por la Universidad Politécnica de Cataluña, revisado y actualizado por el gabinete JL Casajuana Abogados por encargo de la Universidad Politécnica de Madrid.

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