¿Qué diferencias hay entre un Máster Habilitante y uno no Habilitante?

Másteres Universitarios Habilitantes

La ordenación de la enseñanza universitaria prevé la existencia de los títulos que habilitan para el acceso o ejercicio de actividades profesionales reguladas en España, por lo que precisan del establecimiento por parte del Gobierno de las condiciones a las que deberán adecuarse los planes de estudios para garantizar que los títulos acreditan la posesión de las competencias y conocimientos adecuados para dicho ejercicio profesional (Anexo I del Real Decreto 967/2014).

Nota: La documentación expedida en una lengua distinta del castellano o inglés deberá presentarse debidamente traducida.

Requisitos de acceso a los Programas de Máster Universitarios del Anexo I ofertados:

Másteres Universitarios no Habilitantes

Aquellos que carecen de la condición de habilitantes para el acceso a una profesión regulada en España.

Requisitos de acceso a los Programas de Máster Universitarios NO Habilitantes ofertados (los no recogidos en el Anexo I):

  • Título universitario oficial español, de Estados miembros de la Unión Europea o signatarios del Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo. O justificante de haberlo solicitado.
  • Título universitario expedido por otros sistemas educativos convenientemente legalizado. Se trata de un procedimiento diferente a la homologación, consistente en que el país emisor acredita que el título es válido y ha sido expedido por la autoridad competente. Generalmente se identifica con la Apostilla de la Haya, aquí puede ver los países acogidos al convenio.