Mención Industrial en el título de Doctor
El título de Doctor podrá incluir en su anverso la mención "Doctorado Industrial", siempre que concurran las siguientes circunstancias:
- Que la tesis haya desarrollado un proyecto de investigación de interés industrial, comercial, social o cultural de una entidad, empresa pública o privada o administración pública. Quedan excluidas las universidades, los organismos públicos de investigación (nacionales o autonómicos) y los hospitales universitarios. La relación directa entre la tesis doctoral y la labor desarrollada por el doctorando en la entidad o empresa deberá formalizarse en una memoria científico-técnica que deberá ser aprobada por la universidad.
- Que el doctorando cuente con autorización del Comité de Dirección de la EID para realizar un doctorado industrial. El carácter industrial de la tesis debe reflejarse claramente en el Plan de Investigación presentado en el primer año de tesis.
- Que se haya suscrito un convenio de colaboración específico para el desarrollo académico de la tesis doctoral entre la entidad, empresa o administración pública y la UPM, que establecerá, como mínimo, las obligaciones de las partes y los derechos de propiedad industrial que se puedan generar. Dicho convenio deberá firmarse preferentemente antes del comienzo del doctorado y siempre en el plazo máximo de seis meses a contar desde la fecha de primera matrícula.
- Que el doctorando tenga un tutor de tesis designado por la Universidad y un responsable designado por la entidad, empresa o administración pública, que podrá dirigir la tesis si cumple con los requisitos fijados por la normativa. En ningún caso el responsable designado por la empresa podrá formar parte del tribunal evaluador de la tesis.
- Que el doctorando haya estado contratado por la entidad, empresa o administración pública durante el desarrollo de la tesis, siendo necesario que una parte sustancial de la misma se desarrolle en la entidad, empresa o administración pública.
- Que exista una memoria que acredite la relación directa entre la tesis doctoral y la labor desarrollada por el doctorando en la entidad o empresa. Dicha memoria deberá ser aceptada por la EID.
El procedimiento es:
- Para doctorandos/as admitidos a partir del curso 2023/24 inclusive: todos los trámites se realizarán a través de la plataforma THESIS. NO SE ADMITIRÁN DOCTORADOS INDUSTRIALES gestionados fuera de THESIS.
- Para doctorandos/as admitidos en el curso 22/23 y anteriores, se siguen los siguientes pasos:
(1) El solicitante remite a la dirección doctorado@upm.es el formulario de Solicitud de autorización para realizar un doctorado industrial, firmado electrónicamente y con el visto bueno de la CAPD (firmado por el coordinador de la CAPD), adjuntado un borrador de convenio.
(2) El Servicio de Doctorado revisa la documentación y, cuando toda la documentación está completa, la solicitud se lleva a Comité de Dirección de la EID, que es el órgano que autoriza el doctorado industrial. Si el doctorado industrial es autorizado, se procede a la firma del convenio. El Servicio de Doctorado se ocupa de tramitar la firma del convenio por parte de la UPM.
(3) Una vez finalizada la tesis, el doctorando remite a la dirección doctorado@upm.es el formulario de Solicitud de mención de doctorado industrial, firmado electrónicamente, adjuntado la documentación justificativa.
Documentación:
Reglamento doctorado industrial (español / English )
Solicitud de autorización para realización de doctorado industrial
Convenio modelo doctorado industrial (español / English)
Solicitud de Mención de Doctorado Industrial