Consejo Social
La Ley 12/2002, de 18 de diciembre, de los Consejos Sociales de las Universidades Públicas de la Comunidad de Madrid, considera al Consejos Social de las Universidades Públicas, como el órgano de cooperación con el gobierno de las universidades, que debe establecer la adecuada relación entre la propia Universidad y la sociedad en la que se inserta, buscando la mayor calidad de la enseñanza y la investigación universitaria, y la intensificación de las relaciones con los ámbitos culturales, profesionales, económicos y sociales. Pero además, los concibe como un órgano de participación de las instituciones sociales en la vida universitaria, especialmente en las actividades de carácter económico, y en una doble dirección: la promoción de la colaboración de entidades sociales y económicas en la financiación de la Universidad, y la supervisión de las actividades económicas de la misma, por lo que deben de conectar intensamente con los ámbitos culturales, científicos, profesionales, empresariales y financieros al quehacer universitario, y a la Universidad con estos mismos sectores y con la sociedad en su conjunto.
Para el cumplimiento de sus fines, el Consejo Social debe disponer de recursos suficientes y de una organización de apoyo.
Julio Lage González
Presidente del Consejo Social de la Universidad Politécnica de Madrid